La Identificación Electrónica de las Administraciones Públicas: Garantía de Seguridad y Confianza Digital

La transformación digital ha llevado la relación entre la ciudadanía y las Administraciones Públicas (AAPP) a un entorno virtual. Para que este canal sea seguro y jurídicamente válido, es fundamental que ambas partes puedan identificarse de manera fehaciente. Pero, ¿cómo sabe un ciudadano que está interactuando con un organismo oficial y no con una suplantación de identidad?

El marco legal español, principalmente vertebrado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP) y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), establece los mecanismos para garantizar esta seguridad.

Mecanismos de Identificación de las Administraciones Publicas

La Ley 40/2015 regula en su artículo 40 los sistemas de identificación y autenticación que las propias Administraciones utilizan en su funcionamiento electrónico. Los principales métodos son:

1. El Sello Electrónico Cualificado

Este es el mecanismo central. Las Administraciones Públicas pueden identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado. Estos certificados deben cumplir los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica (el Reglamento eIDAS a nivel europeo y su desarrollo normativo nacional).

El certificado del sello electrónico debe contener información como el NIF de la entidad y su denominación. En algunos casos, si se trata de sellos de órganos administrativos, puede incluir la identidad del titular. Es obligatorio que la relación de todos los sellos electrónicos utilizados por cada Administración sea pública y accesible de forma electrónica, generalmente a través de su Sede Electrónica, para que los ciudadanos puedan verificar su validez.

2. La Publicación en Portales de Internet

Otro método de identificación se produce cuando la Administración Pública publica información como propia en su portal de internet o en su sede electrónica. La simple presencia de información en una URL oficial implica que se considera emitida por el organismo público correspondiente.

Diferencia Clave: Identificación vs. Autenticación

Es fundamental diferenciar la identificación de la Administración (saber quién es) de la autenticación de una actuación (saber qué ha hecho). La LRJSP también contempla sistemas de firma electrónica para el personal público y órganos colegiados, asegurando la integridad y autoría de los documentos electrónicos y proporcionando seguridad jurídica a las actuaciones administrativas.

Estos mecanismos regulados garantizan que el entorno digital de las AAPP ofrece un nivel de seguridad y confianza comparable al de la administración tradicional.

Artículo 40. Sistemas de identificación de las Administraciones Públicas.

1. Las Administraciones Públicas podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica. Estos certificados electrónicos incluirán el número de identificación fiscal y la denominación correspondiente, así como, en su caso, la identidad de la persona titular en el caso de los sellos electrónicos de órganos administrativos. La relación de sellos electrónicos utilizados por cada Administración Pública, incluyendo las características de los certificados electrónicos y los prestadores que los expiden, deberá ser pública y accesible por medios electrónicos. Además, cada Administración Pública adoptará las medidas adecuadas para facilitar la verificación de sus sellos electrónicos.

2. Se entenderá identificada la Administración Pública respecto de la información que se publique como propia en su portal de internet.

A continuación, y para poner a prueba los conocimientos adquiridos tras la lectura del artículo anterior, se muestra una pregunta que formó parte de un ejercicio tipo test para la categoría de Auxiliar Administrativo en la Universidad de Zaragoza.

Después de repasar los mecanismos de identificación electrónica de las Administraciones Públicas, ¿cuál dirías que es la respuesta correcta?

Resuelve el TEST

Según la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ¿de qué manera se identifican las Administraciones Públicas en su funcionamiento electrónico?

  • a) Mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico que
    deberá incluir exclusivamente la denominación de la Administración Pública
  • b) Mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico que
    deberá incluir por razones de privacidad exclusivamente la denominación de la
    Administración Pública
  • c) Mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico que
    deberá incluir el número de identificación fiscal y la denominación correspondiente
  • d) Mediante el uso de un certificado electrónico expedido por la Fábrica Nacional de la
    Moneda y Timbre que deberá incluir exclusivamente, por razones de privacidad, el
    número de identificación fiscal sin ninguna otra indicación

1 comentario

  1. Admi

    La correcta es la C !!!

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